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Es la institución del Estado de Honduras encargada de regular y controlar los servicios de agua y saneamiento a nivel nacional. Su objetivo es garantizar que la población reciba servicios de calidad, eficientes, sostenibles y accesibles.
Para lograrlo, aplica normas técnicas que permiten supervisar y evaluar a los prestadores del servicio, promoviendo además la participación ciudadana para fortalecer la transparencia y la gestión local. Es una entidad desconcentrada, adscrita a la Secretaría de Salud, con autonomía funcional, técnica y administrativa.
Año 2004
Tegucigalpa, Francisco Morazán, Honduras
El Estado de Honduras en el marco de sus responsabilidades y en apego del estricto respeto al fomento de la defensa de los Derechos Humanos y dentro de los cuales se incluyen el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, reconocidos por la ONU a partir del 28 de julio de 2010, a través, de la resolución 64/292, en la Asamblea General de las Naciones Unidas y el 28 de septiembre por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución A/HRC/RES/18/1 y reafirmados en la Constitución de la República: en su Artículo 145 en el cual se consigna lo siguiente: “... Declárese el acceso al agua y saneamiento como un derecho humano cuyo aprovechamiento y uso será equitativo preferentemente para consumo humano...”
El derecho humano al agua, significa que todo individuo tiene derecho a una cantidad suficiente de agua, de calidad, aceptable, físicamente accesible y asequible para los usos personales y domésticos. El derecho humano al saneamiento significa que toda persona, sin ningún tipo de discriminación, debe tener acceso físico y económico a servicios de saneamiento, en todas las esferas de la vida, que sea seguro, higiénico, aceptable social y culturalmente, que proporcione privacidad y asegure la dignidad de las personas.
Somos la autoridad que regula y controla la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento para contribuir a que la población reciba los servicios con calidad, equidad y eficiencia.
Ser una institución consolidada y reconocida como autoridad nacional de regulación y control de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento que contribuye a la calidad de vida de la población hondureña.
Término | Definición |
---|---|
Abonados |
Personas o entidades que reciben el servicio de agua potable y saneamiento. |
AJAAM |
Asociación de Juntas Administradoras de Agua del Municipio |
AJASFRAM |
Asociación de Juntas Administradoras de Agua y Saneamiento de Francisco Morazán |
AMHON |
Asociación de Municipios de Honduras |
APS |
Agua Potable y Saneamiento |
ATM |
Asistente Técnico Municipal |
ATP |
Asistente Técnico a Prestadores |
COMAS |
Comisión Municipal de Agua y Saneamiento |
CONASA |
Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento |
EPS |
Empresa Prestadora de Servicios |
ERSAPS |
Ente Regulador de los Servicios Agua Potable y Saneamiento |
g/m |
Galones por minuto |
JAA |
Junta Administradora de Agua |
Ley Marco |
Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento |
lppd |
Litros por persona por día |
m3 |
Metros cúbicos |
ONG |
Organización No Gubernamental |
OyM |
Operación y Mantenimiento |
PEMAPS |
Plan Estratégico de Modernización Agua Potable y Saneamiento |
POA |
Plan Operativo Anual |
PROMOSAS |
Proyecto de Modernización del Sector de Agua Potable y Saneamiento |
ROS |
Red de Organizaciones Sectoriales |
SANAA |
Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados |
SdeS |
Secretaría de Salud |
SIRAPS |
Sistema de Información Regulatorio en Agua Potable y Saneamiento |
SRR |
Supervisor Regional en Regulación |
SVA |
Supervisión, Vigilancia y Asesoramiento |
Tarifa |
Tabla de precios autorizados que debe pagar el abonado por el servicio de agua potable y saneamiento. |
TRC |
Técnico en Regulación y Control |
TSA |
Técnico en Salud Ambiental |
UMA |
Unidad Municipal Ambiental |
USCL |
Unidad de Supervisión y Control Local |